sábado, 6 de octubre de 2012

Servicio de Internet - Ley 26.032



Sancionada: Mayo 18 de 2005-Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

Sancionan con fuerza de Ley:


ARTÍCULO  — La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


 ARTICULO  — La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.


ARTICULO — Comuníquese al Poder Ejecutivo.


 
—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—
Dada en la sala de sesiones del congreso argentino, en buenos aires, a los dieciocho dias del mes de mayo del año dos mil cinco.

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.

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